REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
ZONA EDUCATIVA TÁCHIRA
DIVISIÓN DE ENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS DEL SECTOR CULTURAL
LINEAS ORIENTADORES PARA LAS Y LOS DOCENTES DE CULTURA
AÑO ESCOLAR 2013-2014
La Educación en el Sistema Educativo Venezolano se concibe como un proceso para la transformación social, desde los marcos de investigación, planificación estratégica y prácticas sociales fundadas en una ética apegada a los valores expuestos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), específicamente en el Preámbulo y en los artículos 98 al 103 de Derechos Culturales y Educativos, el Plan Simón Bolívar (2007-2012), la Ley Orgánica de Educación (LOE) y el Plan de la Patria 2013 – 2019, planteándose de esa manera lo siguiente:
“… con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia Federal y descentralizado que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para ésta y las futuras generaciones; asegura el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura y la educación, a la justicia social, y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna”. Preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
“Capítulo VI. De los Derechos Culturales y Educativos. Artículo 98…El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones...Artículo 99. Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará... El Estado garantizará la protección y preservación, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación…Artículo 100. Las culturas populares constitutivas de la venezolanidad gozan de atención especial, reconociéndose y respetándose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas…Artículo 101. El Estado garantizará la emisión, recepción y circulación de la información cultural. Los medios de comunicación tienen el deber de coadyuvar a la difusión de los valores de la tradición popular y la obra de los o las artistas, escritores, escritoras, compositores, compositoras, cineastas, científicos, científicas y demás creadores y creadoras culturales del país... “CRBV
“Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental... consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal...Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades…” CRBV
Fundamentado en esto, la División de Cultura de la Zona Educativa Táchira (ZET) establece las LÍNEAS ORIENTADORAS que regirán durante el año escolar 2013-2014 y que van dirigidas a todas y todos los docentes de cultura. Por lo tanto, los colectivos institucionales, deben impulsar el desarrollo de actividades culturales (danza, teatro, música, artesanía, oralidad, artes plásticas, gastronomía, lúdicas, literarias y/u otros) en el contexto local, regional y nacional en el marco del Sistema de Cultura Popular. Donde las Instituciones Educativas, Docentes de Cultura y el Consejo Educativo Escolar articularán acciones con las organizaciones y cultores populares para desarrollar actividades que propicien la formación, difusión y promoción de la cultura, interpretando la Cultura como manifestación colectiva y resultado de un proceso histórico y creador del hecho cultural.
ORIENTACIONES GENERALES
La Cultura en la Educación Venezolana, desde la concepción del pensamiento Bolivariano y Robinsoniano, concibe la educación como un proceso incluyente, popular y liberador de pensamiento, que constituyen el perfil de todas y todos los maestros, sembradores de los ideales y valores auténticos de la cultura venezolana y afro-caribeña. A continuación se definen Áreas de Expresión Cultural, Tiempos de la Clase, Acciones Pedagógicas Culturales, Grupos de Expresión Cultural, Encuentros de saberes culturales, Investigación para el Fortalecimiento de la Cultura, Archivo Administrativo, Formación del Docente, Evaluación, socialización y difusión y Asignación de las y los Docentes de Cultura.
Expresiones Artísticas:
1. Se definen las áreas de expresión artística del Componente de Cultura, en el Sistema Educativo Venezolano como:
A.- Expresión de Artes musicales:
Coros escolares, juveniles y mixtos.
Coros de Diversidad Funcional (manos que cantan).
Ejecución instrumental: Cuatro, Bandolín Tachirense, Tiple Tachirense, Mandolina, Maracas, Tambores, Flautas, entre otros.
Estudiantinas, orquestas, bandas escolares, rítmicas marciales y populares.
Ensambles.
Luthería.
B.- Expresión de Artes Escénicas:
Danzas: Tradicionales, Nacionalistas y Contemporáneas.
Teatro, Zancos, Mimos, Títeres, Declamación, Cuenta cuentos, Canta cuento, Refranero popular, Trabalenguas, Adivinanzas y otros.
C.- Expresión de artes plásticas y visuales:
Pintura, Murales, Dibujo, Galería escolar de exposición permanente.
Aerografía, grabado, serigrafía, tallado, modelado, esculturas, ensamblajes, composiciones.
Artesanía: Cestería, muñequería, tejidos en telar y aguja, juguetes tradicionales, arcilla.
Cine-Foro, documentales, museos.
D.- Expresión de la creación Literaria: Leyendas, mitos, décimas, coplas, versos, poemas, fábulas, anécdotas, cuentos, retahílas, historias locales.
E.- Innovaciones y creaciones: Investigaciones locales, de historias, de testimonios de las y los portadores patrimoniales.
F.-Gastronomía: Recopilación de recetas ancestrales, preparación de bebedizos, cocimientos e infusiones, preparación de bebidas típicas, dieta de la cuarentena, costumbres, ritos y creencias, entre otros.
Tiempos de la clase
1.- El tiempo de desarrollo de la clase semanal por parte del maestro (a) de cultura, deberá estar regido de la siguiente manera por los diferentes niveles y modalidades:
INICIAL: 45 minutos.
DIVERSIDAD FUNCIONAL: 45 minutos.
PRIMARIA: 60 minutos.
MEDIA GENERAL Y TÉCNICA (máximo 90 minutos), la atención se determinará según las horas – docente y la cantidad de estudiantes.
El número máximo de estudiantes por docentes de cultura en los Niveles inicial, primaria, media general y técnica será ajustado de acuerdo a líneas de la División de Personal ZET referente a las normas de cuadratura.
2.- Para el docente con función en cultura en el Nivel de Inicial y Primaria (33.33), laborará:
(La distribución de horas dependerá de la realidad de cada institución educativa y docente con función en cultura)
45 minutos para Inicial (Máximo)
60 minutos de horas-clase para cada sección de primaria
6 horas semanales para la atención de los Grupos de Expresión Cultural con los niños y niñas de la institución en el horario de la tarde.
3 horas para jornadas formativas específicas con estudiantes, Encuentros Culturales. (ejemplo Cuatro Cuerdas una Patria, Encuentros de Saberes y Haceres Culturales, otros), con una planificación previa.
3 horas semanales para Grupos de Expresión Cultural de la Comunidad, Personal del Colectivo Institucional, Municipal y/o Zonal: Orquesta Típica Magisterial, Grupo de Danza Tradicional Magisterial, Grupo de Teatro Magisterial, Investigación, Organización y Coordinación de Encuentros Culturales Institucionales y Comunitarios, con una planificación previa autorizada por la Dirección del Plantel, Municipio Escolar y/o Zona Educativa Táchira, según sea el caso.
2 horas de formación docente, a través de la participación en los colectivos de formación permanente e investigación.
3.- Para el docente con función en cultura en los Niveles Media General y Técnica, la carga horaria será distribuida de la siguiente forma:
(La distribución de horas dependerá de la realidad de cada institución educativa y docente con función en cultura)
10 horas para la atención de los grupos de expresión cultural con estudiantes; el docente deberá conformar como mínimo un (1) grupo, distribuyendo las horas de trabajo según un plan de trabajo.
3 horas para jornadas formativas específicas con estudiantes, organización y realización de Encuentros Culturales. (ejemplo Cuatro Cuerdas una Patria, Encuentros de Saberes y Haceres Culturales, otros), con una planificación previa.
3 horas semanales para Grupos de Expresión Cultural de la Comunidad, Personal del Colectivo Institucional, Municipal y/o Zonal: Orquesta Típica Magisterial, Grupo de Danza Tradicional Magisterial, Grupo de Teatro Magisterial, Investigación, Organización y Coordinación de Encuentros Culturales Institucionales y Comunitarios, con una planificación previa autorizada por la Dirección del Plantel, Municipio Escolar y/o Zona Educativa Táchira, según sea el caso.
En el caso de las y los docentes con más horas, el restante se asumirán como horas pedagógicas.
Acciones Pedagógicas Culturales
1.- Partiendo de una realidad que es la construcción colectiva de la organización escolar y el desarrollo curricular, el docente con función en cultura, fundamentado en la CRBV, LOE, LOPNNA, el Plan de la Nación; basados en las necesidades e intereses de los estudiantes, el diagnóstico del PEIC, entre otros, planificarán a través de Proyectos de Aprendizaje, Planes Integrales, Clases participativas (articulados con los Proyectos de Aprendizaje del Docente de Aula: inicial, primaria, diversidad funcional y Proyecto de Aprendizaje Institucional Media General y Técnica), con acciones dirigidas a desarrollar la conciencia transformadora de los y las estudiantes en concordancia con la realidad comunitaria y del país.
2.- La planificación académica del docente con función en cultura se estructurará de la siguiente manera para todos los NIVELES Y MODALIDADES:
Proyecto de Aprendizaje:
Identificación
Diagnóstico
Finalidad o propósito
Elementos Curriculares: Área, Componentes, Contenidos
Estrategias
Metas (opcional)
Evaluación: Indicadores, Técnicas e Instrumentos
Clases Participativas o Liberadoras:
Identificación
Propósito
Inicio
Desarrollo
Cierre
Actividades
Evaluación : Indicador, técnica e instrumento
3.- Es necesario el acompañamiento de la y el Maestro del aula al de cultura durante el desarrollo de la clase, para fortalecer la práctica pedagógica y complementar los procesos de evaluación.
4.- La y el docente con función en cultura debe concertar con el Asesor o Coordinador Pedagógico el Instrumento de Evaluación donde se reflejará al final de cada Clase Participativa o Liberadora la evaluación correspondiente, razón por la cual el Maestro de Aula o Especialista obtendrá la evaluación de cada Estudiante. Así mismo, con la Modalidad de Diversidad Funcional.
5 La y el docente con función en cultura deben coordinar con el directivo de la institución para hacer uso del Programa Educativo Canaima para el desarrollo de diferentes contenidos relacionados con el área cultural e incluirlos en la planificación.
Grupos de Expresión Cultural y Encuentros de Saberes Culturales
1.- Las actividades de los grupos de expresión cultural con estudiantes, se desarrollarán por especialidad según el número de horas asignadas para tal fin (Ver numerales 3 y 4).
2.- Se hará apertura a los Grupos de Expresión Cultural y/o los talleres comunitarios y agrupaciones magisteriales, con presentaciones del trabajo realizado al menos una vez cada trimestre.
3.- La preparación en estos grupos de expresión cultural permitirá establecer las muestras para los Encuentros de Saberes y Haceres Culturales locales, que participarán posteriormente en los parroquiales, municipales, zonales, entre otros; asimismo como en los intercambios de experiencias surgidos entre los colectivos institucionales y comunitarios. Todo ello a partir de las formas de organización de la gestión escolar y de los procesos de enseñanza y aprendizaje, en articulación con las y los demás docentes de aula y especialistas de la institución.
4.- Para el año escolar 2013-2014 el V Encuentro de Saberes y Haceres Culturales “El Arañero de Sabaneta” se desarrollará de la siguiente manera:
I Fase Institucional. Septiembre a Diciembre.
II Fase Parroquial y Municipal. Enero a Marzo.
III Fase Zonal. Abril.
IV Estadal. Mayo.
V Fase Nacional. Del 28 al 31 de Julio.
5.- La Maestra y el Docente con función en cultura desarrollará acciones de investigación, planificación y puesta en escena de representaciones que permitan la participación de la Institución en los Encuentros de Saberes y Haceres Culturales Comunitarios para el aprendizaje, de acuerdo a las condiciones del contexto.
6.- Los Encuentros de Saberes y Haceres Comunitarios se organizarán para socializar las experiencias liberadoras con pertinencia, pertenencia social y geohistórica. Dichos Encuentros, celebraciones de las manifestaciones tradicionales dentro de los ciclos festivos del calendario tradicional (calendario socio cultural), donde se identifican costumbres y tradiciones locales, regionales y nacionales, se desarrollarán sin fines eventistas ni competitivos.
7.- Para las Actividades de carácter cultural tales como: Encuentros de Saberes, Aniversario de la Institución, Desfiles, entre otros, deben participar todas y todos los Maestros de Cultura, con el apoyo del personal directivo, maestros y demás personas que hacen vida en la Institución, articulando con los consejos comunales y comunas con base en el diagnóstico participativo comunitario del PEIC, así como también tomarán en cuenta el calendario escolar y todos los elementos que apunten a la soberanía, la identidad nacional y la construcción de la Patria Socialista.
8.- Los escolares con diversidad funcional deben ser incorporados a todas las actividades previstas para los Encuentros de Saberes y Haceres Culturales.
9.- Las Maestras de Espacio Familia y Comunidad organizarán los Encuentros Culturales Comunitarios para el Aprendizaje en el ámbito geográfico donde ejercen sus funciones pedagógicas articulando con la o el docente con función en cultura de la Institución.
Investigaciones como Fortalecimiento de la Cultura y Deberes Patrios
1.- La y el docente con función en cultura podrá desarrollar Investigaciones de Acción Participativa Transformadora (IAPT) en el ámbito cultural y social que permita una visión contextualizada, transformadora, democratizadora, integradora y comprometida con los procesos de transformación, con el fin de develar las historias no contadas y los saberes ancestrales ignorados, sin que las mismas interfieran en sus actividades de aula, tomando en cuenta las horas establecidas de trabajo comunitario. (Ver numerales 3 y 4).
2.- Es responsabilidad de todo el colectivo institucional interpretar el Himno Nacional, del Estado Táchira y demás Himnos Institucionales completos; la ausencia de la y el docente con función en cultura no impide el cumplimiento de este deber. Asimismo, se deberán establecer las estrategias metodológicas necesarias para el aprendizaje de los Himnos, articulados con la historia letra y música como identidad municipal, regional y nacional, tomando en cuenta las lenguas étnicas presentes en nuestro país.
3.- Es un deber patrio de todo el colectivo institucional promover la reactivación del día Cívico, la exaltación de las efemérides de especial significación para la memoria histórica de Venezuela, de los pueblos de América, los Símbolos Patrios (Himno, Bandera, Escudo de Armas) y el Funcionamiento de la Sociedad Bolivariana Escolar Bicentenaria, dirigida además al análisis e interpretación del pensamiento de las siete raíces: Simón Bolívar, Simón Rodríguez, Francisco de Miranda, Ezequiel Zamora, Antonio José de Sucre, Hugo Chávez Frías, Pueblos Indígenas y Afrodescendientes.
Archivo Administrativo
1.- La y el docente con función en cultura debe poseer un Archivo Administrativo, el cual debe reposar en la Institución donde labora, contentivo:
Nómina de las y los Estudiantes a atender.
Control de Asistencias.
Nómina y diagnóstico de los Integrantes de los Grupos de Expresión Cultural por especialidad.
Nómina y diagnóstico de los integrantes de los Grupos Comunitarios de Expresión Cultural por especialidad.
Proyecto de Aprendizaje, Clases Participativas o Liberadoras, Plan de Acción de los Grupos de Expresión Cultural y Trabajo Comunitario, firmadas y selladas por la Coordinación de Formación Docente y Dirección de la Institución. (ver numeral 2, 3 y 4).
Instrumentos de Evaluación. (Clases participativas y de PA).
Inventario de Material Educativo y Cultural, CRBV, LOE, LOPNNA, Diagnóstico Comunitario Socio Cultural, PEIC, Investigaciones culturales locales.
Horario de Clases, firmado y sellado por la o el docente con función directiva.
Registro de acompañamiento de los Encuentros Culturales Comunitarios para el Aprendizaje.
Registro de acompañamiento a ensayos y presentaciones con agrupaciones culturales como: Orquesta Típica Magisterial, Danza Folklórica Magisterial, Teatro Folklórico Magisterial, Grupo de Gaitas Magisterial, entre otros (municipales, zonales y/o estadales).
Formación del docente
1.- Es responsabilidad de las y los maestros de Cultura asistir y participar a las Jornadas de Formación Permanente que promueve la División de Cultura y División de Académica, a través de la Coordinación de Formación Docentes de la ZET, asimismo participar en los colectivos de formación permanente e investigación Institucional.
2.- Se exhorta a las Maestras y maestros de Espacio Familia y Comunidad a incorporarse en las jornadas de formación y encuentros culturales comunitarios emanadas por la División de Cultura.
3.- Si en el municipio se desean realizar jornadas de formación en el área de cultura, se debe previamente presentar a la ZET (División de Cultura) la planificación de los contenidos a desarrollarse en la misma, para su respectiva revisión y aprobación.
4.- Toda jornada de formación para el docente con función en cultura, promovida por organismos que dependan o no del Ministerio del Poder Popular para la Educación (MPPE) deben ser presentados y autorizados por la ZET, División de Académica y Cultura.
5.- Las y los docentes con función en cultura en ejercicio y de nuevo ingreso deberán actualizar su perfil cultural en cada una de las áreas de expresión artística del componente cultural, durante el año escolar en curso. De lo contrario, podrá ser objeto de evaluación para verificar su continuidad en el área de cultura. Por su parte, la División de Cultura ZET planteará al menos dos (2) jornadas de formación para el docente con función en cultura por cada trimestre del año.
Evaluación, Socialización y Difusión.
1.- Es necesario que según la planificación estratégica institucional se desarrollen encuentros comunitarios culturales, al menos de forma trimestral, fomentando la integración familia, escuela y comunidad. Asimismo, con la atención de la Sociedad Bolivariana.
2.- Cartelera Informativa: La y el docente con función en cultura publicará una Cartelera Informativa en un sitio visible de la Institución donde labora, con fotografías y textos de las actividades desarrolladas mensualmente de acuerdo a cada nivel y modalidad, incluyendo el horario de trabajo, horas pedagógicas, horas de trabajo comunitario, horas con grupos de expresión cultural y resultados de la labor docente y comunitaria.
3.- Los logros alcanzados por las y los estudiantes durante los procesos de enseñanza y aprendizaje, a partir de los encuentros culturales comunitarios serán reflejados en el boletín informativo e informe descriptivo (según el caso) con el propósito de reconocer la participación las y los estudiantes, el interés y el compromiso de forma cualitativa y/o cuantitativa correspondientes a los niveles y modalidades.
4.- A los y las estudiantes del nivel de Media General y Técnica que conformen los grupos de expresión cultural se les reconocerá su participación mediante la aplicación del artículo 103 del Reglamento de la LOE, esta valoración se aplicará en la asignatura donde más beneficie al estudiante.
“Artículo 103. RLOE.- En la evaluación de la actuación general de los alumnos, el Consejo de Sección deberá considerar la iniciativa y participación de éstos en programas y actividades culturales, científicas y artísticas que realicen…, a los fines de acordar ajustes en las calificaciones otorgadas en su rendimiento estudiantil”
5.- La y el docente con función en cultura deberá presentar un informe (trimestral) a la División de Cultura de ZET, donde recoja información relacionada con: avances del PA, la investigación, actividades culturales, la consolidación de los Encuentros Culturales Comunitarios para el aprendizaje, entre otros.
Asignaciones de los Docentes de Cultura
1.- La y el docente con función en cultura que posean Credencial de Cultura, no pueden SER ASIGNADOS a cumplir otras funciones diferentes a las establecidas según la credencial emanada por el MPPE dado el carácter estratégico que éstos representan dentro del proceso de construcción curricular como base del forjamiento de la nueva ciudadanía. En el caso de un docente sin credencial de cultura y en ejercicio de esta función, la Zona Educativa Táchira a través de la División de Cultura, verificará su desenvolvimiento en el área cultural con las y los estudiantes, para determinar su continuidad como Docente con función en cultura.
2.- La y el docente con función en cultura no sustituirá la ausencia de otro Maestro en la Institución y dejar su matrícula desatendida ya que el mismo deberá regirse por su horario asignado. Sin embargo, en situaciones adversas o imprevistas el o la docente con función en cultura deberá sumarse al plan de contingencia que sugiera el Directivo en aras de cubrir los posibles espacios. Por otra parte, si en la institución existe la necesidad de servicio para ubicar un Maestro Integral como Docente con función en cultura, el Directivo deberá presentar ante la División de Cultura la propuesta que lo acredita para tal designación, en consecuencia se procederá a realizar la evaluación.
3.- El Estado Táchira Culturalmente, estará dividido en seis (6) Zona Geográficas de Trabajo:
Zona Metropolitana I: San Cristóbal. Un (1) Coordinador Zonal ZET. Cuatro (4) Voceros: uno (1) Parroquia San Juan Bautista, uno (1) Parroquia La Concordia, uno (1) Parroquia Pedro María Morantes y uno (1) por las Parroquias San Sebastián y Dr. Francisco Romero Lobo.
Zona Metropolitana II: Cárdenas, Andrés Bello, Guásimos, Lobatera, Michelena. Un (1) Coordinador Zonal ZET. Cinco (5) Voceros: uno (1) por cada Municipio.
Zona Montaña: Jáuregui, José María Vargas, Seboruco, Antonio Rómulo Costa, Sucre, Francisco de Miranda. Un (1) Coordinador Zonal ZET. Seis (6) Voceros uno (1) por cada Municipio.
Zona Norte: Ayacucho, García de Hevia, San Judas Tadeo, Panamericano, Samuel Darío Maldonado, Simón Rodríguez. Un (1) Coordinador Zonal ZET. Seis (6) uno (1) por cada Municipio.
Zona Sur: Tórbes, Libertador, Fernández Feo, Córdoba, Uribante. Un (1) Coordinador Zonal ZET. Cinco (5) Voceros uno (1) por cada Municipio.
Zona Frontera: Independencia, Libertad, Junín, Pedro María Ureña, Rafael Urdaneta, Bolívar. Un (1) Coordinador Zonal ZET. Seis (6) Voceros uno (1) por cada Municipio.
4.- La División de Cultura ZET en acuerdo con el Municipio Escolar, asignarán al Vocero Coordinador de Cultura Municipal, quien se articulará con este ente para organizar y ejecutar la planificación cultural Estadal, Zonal y Municipal.
5.- Para la mejor gestión en la Institución, los horarios de clase, los apoyos, guardias y comisiones de trabajo de la maestra y docente con función en cultura deben realizarse en consenso con la dirección del plantel y el colectivo de docentes de la Institución.
6.- La y el docente con función en cultura dejará suplente en los siguientes casos: permisos personales, permisos médicos menores a 7 días, o actividades no organizadas por MPPE, dejando la planificación para que sea ejecutada por el suplente. Para representar a la Institución, Municipio y/o ZET en actividades culturales, jornadas de formación, otros, planificadas por el MPPE, el Maestro (a) de Cultura sale y no dejará suplente, presentando su debida constancia firmada y sellada por la dependencia correspondiente.
7.- Los aspirantes a nuevos ingresos, deberán tener una evaluación previa por la División de Cultura ZET con la aprobación de la División de Académica ZET para garantizar el perfil requerido por los niveles y modalidades del Sistema Educativo Venezolano, fundamentado el artículo 4 de la LOE.
Finalmente la División de Cultura de la ZET, hace extensiva esta circular a los Municipios Escolares del Estado, Directores, Coordinadores de Formación Docente, personal docente (maestros y maestras) de los distintos Planteles, así como a Divisiones y Coordinaciones de la ZET, Docentes con Función Supervisora, con el fin de informar la presente disposición, para el ejercicio del año escolar 2013-2014.
Prof. Damarys Márquez
Jefe de División de Entes Públicos y Privados del Sector Cultural
Zona Educativa Táchira
Buenas tardes, hay alguna actualización o del periodo escolar 2016- 2017?
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